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REVISTA TALL (Gremi Carnissers Barcelona)

Compartimos el artículo publicado en la revista TALL del Gremi de Carnissers de Barcelona el 2º Trimestre de 2019 en el que hablamos sobre qué es la DENOMINACIÓN DE LOS ALIMENTOS y sobre  la diferencia entre la hamburguesa y la Burguer meat y cómo y cuando se puede utilizar cada denominación.

 

HAMBURGUESA y la BURGUER MEAT. Cuando podemos poner una u otra denominación?

En este supuesto nos encontramos que existe una DENOMINACIÓN JURÍDICA para 
cada producto alimenticio, por tanto, nos atenderemos a lo especificado en 
la legislación en este sentido. Hacemos un resumen esclarecedor: 

HAMBURGUESA (Real Decreto 474/2014): producto elaborado con carne picada 
con adición de sal, especias, condimentos u otros productos alimentarios.

BURGUER MEAT (Real Decreto 474/2014): producto fresco, elaborado a partir 
de carne picada y otros ingredientes, incluidos los ADITIVOS, con un contenido
 mínimo de cereal o de hortalizas, o de ambos con un contenido mínimdel 4% .

 La mayor diferencia entre los 2 productos es que a la HAMBURGUESA NO SE LE 
PUEDEN AÑADIR ADITIVOS, mientras la BURGUER MEAT admite los aditivos
relacionados en el Reglamento (CE) Nº 1333/2008, entre ellos: E-120, E-129, 
E-150 ad, E-220-228 y / o E-338-452.

ATENCIÓN !!: NO ESTÁ PERMITIDO PONER BURGUER MEAT (HAMBURGUESA)
Es una infracción sancionable.

Os dejamos el artículo completo!article